El aumento de las violaciones de la intimidad y los abusos personales en las residencias de ancianos ha sacudido el sector de la asistencia en los últimos años. Tanto en Estados Unidos como en otros países, el sector ha sufrido un notable deterioro de la confianza debido a las acciones inapropiadas de una pequeña minoría de "empleados deshonestos" y, en algunos casos, incluso de la dirección.

Esta situación ha provocado un aumento significativo de la instalación de dispositivos de vigilancia encubiertos, generalmente por parte de familiares y amigos preocupados del residente en cuestión. Cámaras ocultas, que graban las "idas y venidas" las 24 horas del día, captando pruebas de presuntas negligencias, abusos o robos.

Cada vez es más frecuente que se instale una vigilancia encubierta con el permiso y la bendición de la dirección de la residencia, deseosa de mantener altos niveles de atención e integridad, expulsando sumariamente a los empleados infractores, al personal de la agencia o a otras personas con acceso a las habitaciones de los residentes, que evidentemente no comparten la ética y las normas de atención de la residencia.

Consideraciones jurídicas

El proyecto de ley 2113 del Senado, que modifica el Código del Siglo de Dakota del Norte sobre la vigilancia electrónica de los centros de atención de larga duración, ha sido presentado en el Senado y remitido a la Comisión de Servicios Humanos.

Si se aprueba el proyecto de ley, los centros de asistencia deben permitir a los residentes instalar dispositivos de vigilancia en su habitación, proporcionar un aviso claro y visible en las entradas principales y en la habitación del residente, y acomodar la colocación de los dispositivos, a menos que sea una carga indebida.

En los casos en los que se comparta una habitación con otras personas, debe obtenerse el consentimiento de todos los compañeros de habitación, y no pueden tomarse medidas para rechazar la admisión o tomar represalias contra los residentes que coloquen dichos dispositivos en la habitación.

Vigilancia de los empleados y consideraciones de privacidad

El término "supervisión electrónica autorizada" se define como;

  • la colocación y el uso de un dispositivo de vigilancia electrónica autorizado ("Dispositivo"), por parte de un residente o de su representante, en la habitación del residente.

En este contexto, el término "Dispositivo" puede significar:

  • dispositivos de control;
  • cámaras web
  • cámaras de videovigilancia
  • dispositivos de grabación de sonido
  • dispositivos de transmisión de audio; o
  • una combinación de ellas.

Sin embargo, el término "dispositivo" no se refiere a las cámaras fotográficas ni a los dispositivos utilizados para el contacto con otra persona.

El proyecto de ley establece que los centros de atención residencial de larga duración permitirán a los residentes llevar a cabo una supervisión electrónica autorizada de su habitación utilizando un Dispositivo si:

  1. el Dispositivo está situado en la habitación del residente;
  2. la colocación del Dispositivo se centra únicamente en la zona ocupada por el residente (no en el/los compañero/s de habitación del residente);
  3. el centro asistencial ha sido notificado de la colocación y uso del Dispositivo (incluyendo una exención de responsabilidad para el centro por cualquier violación del derecho a la intimidad de los residentes por el uso del Dispositivo).
  4. una recodificación creada por el Dispositivo registra los datos y la hora;
  5. todos los costes relacionados con el Dispositivo son pagados por el residente; y
  6. cada residente que ocupa la habitación da su consentimiento por escrito, que puede ser retirado en cualquier momento.

Limitaciones en las residencias de ancianos

El proyecto de ley también impone prohibiciones específicas a los centros de asistencia. Estas prohibiciones establecen que los centros de asistencia no pueden:

  • negarse a admitir a las personas o retirarlas porque se está llevando a cabo una vigilancia en su habitación;
  • tomar represalias o discriminar intencionadamente a un residente por dar su consentimiento a la vigilancia;
  • acceder a cualquier grabación de audio o vídeo creada a través de un Dispositivo (a menos que exista un consentimiento por escrito del residente o una orden judicial).
  • interceptar, divulgar o utilizar una comunicación de un Dispositivo (a menos que el residente dé su consentimiento expreso por escrito).

Sanciones

La obstaculización, la obstrucción, la manipulación o la destrucción intencionada de un dispositivo de grabación sin consentimiento está sujeta a un delito menor de clase B; y los individuos pueden ser civilmente responsables de las violaciones de los derechos de privacidad de otra persona si

  1. colocar un Dispositivo en la habitación de un residente; o
  2. utilizar o divulgar una grabación realizada por el Dispositivo.

¿Tiene algún familiar en una residencia? o, ¿dirige un centro de atención y tiene algo que compartir en relación con esta legislación? Publique sus comentarios a continuación.

Fuentes y créditos: Poder Legislativo de Dakota del Norte

Lea el texto completo del proyecto de ley en: Un proyecto de ley para crear y promulgar una nueva sección del capítulo 50-10.2 de la Dakota del Norte

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Peter Borner
Presidente Ejecutivo y Director Fiduciario

Como cofundador, presidente ejecutivo y director de confianza de The Data Privacy Group, Peter Borner aprovecha sus más de 30 años de experiencia para impulsar los ingresos de las organizaciones dando prioridad a la confianza. Peter diseña estrategias a medida para ayudar a las empresas a cosechar los frutos de una mayor fidelidad de los clientes, una mejor reputación y, en última instancia, mayores ingresos. Su enfoque proporciona a los clientes una tranquilidad permanente, consolidando sus cimientos en el ámbito de la confianza digital.

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